No fue acreditada la presunta utilización de recursos públicos en la ejecución de programas sociales y la vulneración al principio de equidad en la contienda electoral
Morelia, Michoacán, a 13 de septiembre de 2021.- Como inexistentes, declaró el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), las infracciones atribuidas a la entonces candidata a la Presidencia Municipal por elección consecutiva de Lázaro Cárdenas, Michoacán, y de los Partidos MORENA y del Trabajo por culpa in vigilando, por la presunta utilización de recursos públicos en la ejecución de programas sociales y la vulneración al principio de equidad en la contienda electoral.
En sesión pública virtual de este lunes y luego de un profundo análisis, las y los Magistrados resolvieron el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-121/2021, interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática.
Aquí, por votación unánime el órgano jurisdiccional declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas a los denunciados, en razón de que, del análisis y valoración de las pruebas, si bien se advierte la existencia de un video relativo a un evento en el cual se realizaron diversas manifestaciones de apoyo a favor de los denunciados, no se acreditó que se estuviera ejecutando algún programa social a través de la utilización recursos públicos en su favor.
Y, respecto al Partido del Trabajo, en autos quedó demostrado que éste no participó en Coalición con el Partido MORENA para la postulación de la planilla a integrar el Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, Michoacán por lo que no tiene injerencia ni responsabilidad.