Morelia Michoacán a 1 de octubre de 2019.- Para fortalecer al Consejo Estatal de Seguridad Pública con la participación de un elemento de la Guardia Nacional, el diputado local Humberto González Villagómez presentará una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán con la que se homologan las leyes secundarias.
El diputado presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil en la LXXIV Legislatura del Congreso del Estado, refirió que esta norma es necesaria para fortalecer los trabajos encaminados a preservar la paz, prevenir y atacar el delito en todo el territorio estatal.
El legislador expuso la necesidad de que prospere dicha iniciativa, ya que con ella se otorgan las herramientas jurídicas suficientes a las instituciones de seguridad pública, con la que también se fortalece una estrategia nacional de seguridad.
Humberto González propone que cualquier integrante de las instituciones de seguridad pública o de procuración de justicia que realicen detenciones, detención en flagrancia, orden de aprehensión, caso urgente, retención ministerial, prisión preventiva, o por encontrarse cumpliendo pena o por arresto administrativo, deberán dar aviso administrativo de inmediato al Centro Estatal de Información, quien reportará de inmediato al Centro Nacional de Información, de la detención, a través del Informe Policial Homologado.
Como elemento garante y con fundamento en la recién publicada Ley Nacional de Detenciones, Humberto González plantea que se adiciona el principio de habeas corpus, como una garantía administrativa de mostrar que las detenciones se han realizado, cumpliendo con la certeza de que las personas detenidas sean trasladadas a los centros de detención correspondientes y en cumplimiento a sus derechos constitucionales.
Propone ampliar la información relativa al Registro Administrativo de Detenciones, tan pronto reciba a su disposición al detenido en Ministerio Público, desde si tiene una enfermedad, así como toda la información sobre su identidad y elementos que lo detienen, basados en la Ley Nacional de Detenciones.
Además de que establece que toda persona interesada podrá tener acceso al Sistema de Consulta, únicamente en los términos que disponga la Ley Nacional del Registro de Detenciones y los lineamientos emitidos por la Secretaría Nacional para el acceso a la información contenida en el Registro Nacional de Detenciones, para lo cual deberá proporcionar los datos de la persona que desea localizar.
Se incluye la función básica de los cuerpos de policía que es prevenir el crimen y preservar la paz y el orden públicos, la cual será atendida por proximidad social, como una actividad auxiliar a las funciones de prevención, a través de la proactividad y la colaboración con otros actores sociales, bajo una política de colaboración interna e interinstitucional que fortalezca la gobernabilidad local.
Humberto González señala que “como legislador local he tenido la oportunidad de entablar un diálogo constante con las autoridades de seguridad en Michoacán, soy un firme creyente de que la forma de enfrentar la situación en el estado es ajustando las actuaciones de los distintos cuerpos de seguridad y de las instituciones de procuración de justicia a los criterios técnicos y administrativos que permitan generar estrategias coordinadas”.
Con esta propuesta el diputado local por el Distrito de Puruándiro busca que no exista omisión legislativa sobre los temas que demanda la agenda nacional, que, si la estrategia dirigida a nivel federación demanda instituciones civiles, con capacitación teórica y práctica castrense, garanticemos que desde la estructura del actual sistema estatal de seguridad pública, se pongan como principio el respeto a la participación interinstitucional, pero, sobre todo, del pleno respeto y ejercicio de los derechos humanos de las personas.
Además recordó que con la aprobación de la reforma constitucional de la Guardia Nacional, se estableció la obligación de legislar sobre controles de seguridad social, como lo es el Registro Nacional de Detenciones y sobre el uso medido de la Fuerza Pública.
Con esta reformas se establece que “en cualquier detención, las autoridades cumplan con el deber de informar ante quien se pondrá a disposición a una persona detenida, pues, al ser la actividad de detención una atribución compartida entre distintas instituciones, será necesario que la acción inmediata y privativa como lo es disponer de una persona se logre bajo el máximo principio de seguridad jurídica. Esta garantía deberá seguir a su vez, una actualización de información sobre las personas que sean detenidas, con la finalidad de identificar todas las características que permitan a la autoridad responder ante cuestiones como problemas de salud, o atención médica especializada”.