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ORDENA EL TEEM AL IEM DAR RESPUESTA A  PETICIÓN CIUDADANA

Morelia, Michoacán a 16 de marzo de 2021.- Ordenó el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) al Organismo Público Local (Ople) dar respuesta a la petición solicitada en el juicio ciudadano TEEM-JDC-033/2021 por su omisión a la contestación de ampliación de plazo para recabar el apoyo ciudadano, dicha queja fue promovida por César Stevens Santoyo Tamayo contra actos del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Michoacán y cuyo análisis de caso recayó en la ponencia que lidera la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa.

Lo anterior en Sesión Pública virtual, donde la Magistrada Alma Bahena Villalobos, emitió su voto a favor de dos de los tres resolutivos, considerando el tercer resolutivo emitido en primera instancia el IEM en lo subsecuente deberá de informar al INE de la solicitud hecha esto en tema de fechas de ampliación para candidatos independientes.

Por lo tanto el pleno por mayoría resolvió en voz de la Magistrada Presidenta Yurisha Andrade Morales, primero se revoca la respuesta impugnada para los efectos precisados en el apartado correspondiente de la sentencia; segundo se ordena remitir al Consejo General del INE copia certificada de los escritos del actor así como de la demanda y sus anexos y tercero se vincula al Consejo general del INE para que en efecto dentro del plazo máximo de cinco días naturales contados a partir de que sea entregada al notificación de la presente sentencia emita la respuesta a la solicitud de César Santoyo y determine que por derecho corresponda  respecto a la petición de ampliación de plazo para recabar el apoyo ciudadano.

De igual manera en la Sesión Pública y de manera virtual se tomó protesta a la Mtra. Angie Carolina Rocha Toledo, como Secretaria Instructora y Proyectista adscrita a la Ponencia a cargo de la Magistrada Alma Rosa Bahena Villalobos y al Licenciado Alejandro Hernández Onofre, como Secretario Instructor y Proyectista, adscrito a la Ponencia a cargo de la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa.

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