Demanda garantizar igualdad en la norma para fedatarios
Morelia Michoacán a 2 de octubre de 2019.- Para garantizar piso parejo e igualdad entre notarios, eliminando de la norma vigente la discriminación e inconsistencias, el diputado local Erik Juárez Blanquet presentó una iniciativa de reforma al artículo 137 de la Ley del Notariado del Estado de Michoacán.
Este día en el Pleno de la LXXIV Legislatura en el marco de la sesión se dio cuentas de la iniciativa impulsada por el legislador independiente, misma que fue turnada a la Comisión de Gobernación para su estudio, análisis y dictaminación.
En la exposición de motivos de la iniciativa, Erik Juárez advierte que como está la Ley vigente existe una inconstitucionalidad que viola el principio de igualdad entre los notarios, ante lo que es necesario reformarla, para que todos sean tratados con igualdad jurídica, toda vez que existen distintas jurisprudencias que establecen que las normas deben ser parejas.
El diputado presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales propone suprimir el tercer párrafo del artículo 137 de la Ley del Notariado del Estado de Michoacán, que a la letra dice “los tres primeros miembros del Consejo serán electos de entre los notarios de la capital del Estado”.
Lo anterior, haciendo referencia al Presidente, Secretario, Tesorero, que se designen deben ser de Morelia, por lo que considera urgente dicha reforma, más aún cuando en diciembre próximo se renuevan dichos cargos en Michoacán.
Erik Juárez considera que “como legisladores no podemos ser omisos y permitir que la norma jurídica como está planteada, siga con estas diferenciaciones legislativas graves violatorias del principio de proporcionalidad, igualdad, ocasionando actos de discriminación y desigualdad ante la Ley del Notariado del Estado de Michoacán”.
Hizo referencia que de acuerdo a la Ley, el Colegio de Notarios será representado por un Consejo que estará integrado por los siguientes miembros: Presidente, Secretario, Tesorero y tres Vocales, los que durarán en sus funciones dos años y serán electos por mayoría, mediante el voto individual y público que cada notario emita en asamblea del Colegio, la que se celebrará cada primer sábado del mes de diciembre, del año en que corresponda renovar el Consejo Directivo, por lo que es precisa esta reforma proceda a la brevedad.
En la iniciativa el legislador expone que el artículo 137 de la Ley, fomenta la desigualdad y es discriminatorio en su párrafo tercero, ya que impide que los notarios que no tengan su residencia en la capital del Estado puedan ser electos miembros del consejo para los cargos antes referidos, sin ninguna justificación alguna, sino al contrario, dicha norma jurídica como está planteada es violatoria del Derecho Humano a la igualdad Jurídica para los notarios que no tengan su residencia en Morelia.
Erik Juárez considera que como está la norma vigente, representa un acto totalmente discriminatorio, ya que los notarios no pueden ser electos en igualdad de condiciones, como los que radican en Morelia para ser miembros del consejo.
En este sentido es clara la violación a lo establecido en el párrafo quinto del artículo primero de la Constitución Política de las Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”
Además Erik Juárez argumenta que el párrafo tercero del artículo primero de nuestra Carta Magna señala “todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.
Aunado a que la Suprema Corte de Justicia se ha pronunciado en diversas jurisprudencias y tesis aisladas, en las que se establece que la norma no puede ser discriminatoria y que debe existir piso parejo para todos.