Michoacán Informativo

Obliga JLCyA a UMSNH otorgar a STUMICH las mismas prestaciones que tiene el SUEUM 

Por Abundio Molinero

Morelia Michoacán a 16 de mayo de 2019.- El equilibrio de fuerzas así como la igualdad laboral y sindical, llegaron a la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) luego de que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCyA) determinara que la Máxima Casa de Estudios de Michoacán, debe otorgar las mismas prestaciones que tiene el Sindicato Único de Empleados de la Universidad Michoacana (SUEUM), al Sindicato de Trabajadores de la Universidad Michoacana (STUMICH) quienes durante la pasada administración, fueron relegados por los funcionarios debido a que no contaban con el documento que ahora tienen en sus manos.

Ahora, la autoridad laboral determinó el pasado lunes 13 de mayo, que los empleados adheridos al STUMICH, deben recibir las prestaciones que de manera desigual solo recibían hasta ahora los integrantes del SUEUM, además de las comisiones a las que también tienen derecho por ser empleados con las mismas obligaciones que los demás.

El documento oficial sostiene que, “se condena a la UMSNH y al SUEUM, a reconocer y dar participación al STUMICH ante las diferentes comisiones que están establecidas en las cláusulas de la 79 a la 84 del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre la institución y el SUEUM”.

Los tres resolutivos señalan de manera concreta, que, “resultaron procedentes las acciones intentadas por el STUMICH en tanto que las excepciones y defensas opuestas por la parte demandada y tercero con interés, resultaron infundadas”.

El segundo resolutivo obliga a la UMSNH a otorgar a los trabajadores administrativos afiliados al STUMICH, el disfrute de todas y cada una de las prestaciones que establece el contrato colectivo de trabajo vigente entre la autoridad y el SUEUM, mientras que el tercer resolutivo precisa que, “se concede a los condenados en el presente juicio (UMSNH y SUEUM) para que den cumplimiento voluntario con el presente laudo el término de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación del mismo en términos de lo dispuesto por el artículo 945 de la Ley Federal del Trabajo”.

De esta manera, el trato laboral equitativo así como la igualdad sindical y salarial en la universidad michoacana, se hace realidad pues permitirá no discriminar a ningún trabajador, quienes pueden decidir a qué organización sindical pertenecer sin que se sientan presionados ni hostigados por tal o cual dirigente en turno y con la garantía de que, a partir de ahora, tendrán las mismas prestaciones en cualquier sindicato universitario.

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