Las solicitudes deberán presentarse 10 días naturales previos, sin excepción.
Morelia, Michoacán; 16 de marzo de 2022.- En aras de promover un desarrollo económico encaminado al orden y resguardo de la salud de las y los morelianos, el Gobierno Municipal estableció criterios aplicables para la aprobación de eventos y espectáculos públicos que deberán ser observados, conocidos y seguidos tanto por promotores y titulares de licencias de establecimientos comerciales para la realización de los mismos, desde el próximo 22 de marzo del presente.
En ese sentido, la Secretaría del Ayuntamiento y la Tesorería Municipal recordaron los puntos a tomar en cuenta para la realización de eventos y espectáculos públicos en el municipio, en los que se deberá hacer la solicitud para autorización y deberán ser presentadas ante la citada Secretaría para su trámite, por lo menos 10 días naturales previos a la fecha de realización, de lo contrario el promotor sin excepción alguna deberá reprogramar el evento para ajustarse al plazo referido.
Una vez ingresada la solicitud, el promotor es responsable de tramitar y obtener el visto bueno para el evento de la Coordinación Municipal de Protección Civil y Bomberos de Morelia. Mientras que la venta de boletos, derechos de admisión, reservación de mesas, zonas específicas, consumo mínimo, cover, cuota de recuperación o cualquier otra denominación deberá acreditarse la garantía por concepto de impuestos sobre espectáculos públicos que señala la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal 2022 ante la Tesorería Municipal y el pago contribuciones correspondientes por lo menos 5 días naturales previos a la celebración del evento.
Queda estrictamente prohibido realizar actividades de promoción o publicidad del evento o espectáculo público, así como la venta de boletaje sin contar previamente con el permiso del Ayuntamiento de Morelia, lo que podría dar lugar a la negativa de autorización del evento.
El incumplimiento de cualquier de estos criterios podrá hacer acreedores a promotores y titulares de licencias de establecimientos comerciales para la realización de eventos o espectáculos públicos a multas, infracciones y en su caso, revocación de permisos o licencias de funcionamiento.
*“En apego a las acciones preventivas implementadas por la Administración Municipal, en razón de las disposiciones emitidas por las autoridades electorales, este contenido será modificado temporalmente y tiene fines informativos, en atención a las medidas legales y normativas en la materia.”*