Comisión de Justicia dictamina iniciativa presentada por la diputada, en protección de las víctimas
Morelia Michoacán a 20 de mayo de 2020.-La Comisión de Justicia en la LXXIV Legislatura dictaminó la iniciativa presentada por la diputada Lucila Martínez Manríquez, en la que se establece en el Código Penal del Estado que la violencia familiar sea perseguida de oficio en Michoacán y se castigue con 1 a 5 años de cárcel a los agresores, aumentando las penas cuando la víctima sea menor de edad, esté embarazada o sea adulto mayor.
La próxima semana en sesión presencial, dicho dictamen será sometido al Pleno del Congreso del Estado, con lo que el Poder Legislativo protegerá más a las mujeres del estado, sostuvo la legisladora proponente.
Esta iniciativa tiene como fin fortalecer la legislación y evitar que la violencia familiar por desistimiento o falta de seguimiento siga cobrando víctimas, por lo que se establece en el Código Penal del Estado, que este delito sea perseguido de oficio.
La presidenta de la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género de la LXXIV Legislatura del Congreso del Estado, recordó que de acuerdo con las estadísticas sobre delitos del fuero común reportadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el país los casos de violencia familiar han incrementado en un 12.4% con respecto al 2018, contabilizando desde luego únicamente los casos denunciados, pues debido a que sólo aproximadamente el 3% de las denuncias presentadas reciben un castigo, la cifra negra es extraordinaria.
De igual forma, de acuerdo con datos de la Secretaría de Salud, los casos de violencia familiar en el Estado de Michoacán se incrementaron en un 17.5%, que se tradujeron en 4 mil 463 sucesos durante el primer trimestre del año 2019, de los cuales el 98% se perpetraron en contra de mujeres.
Los datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares, reporta que el 88.4 por ciento de las mujeres que sufren algún tipo de violencia no denuncian, lo que abre un marco muy amplio para la impunidad del agresor y con ello para su reincidencia.
En ese sentido, hizo mención que durante esta contingencia sanitaria por el Covid-19, las estadísticas reflejan que la violencia familiar ha incrementado, por ello, la importancia de que esta norma se apruebe la siguiente semana por el Pleno del Congreso del Estado.
Destacó que con dicha reforma la violencia familiar en Michoacán se perseguirá de oficio y la autoridad asumirá la tutoría de dar seguimiento a estos casos sin necesidad de que la víctima presente una denuncia.
” Frecuente las mujeres víctimas de violencia familiar desisten de la denuncia presentada, lo que las coloca en una situación de vulnerabilidad grave, por eso impulsamos está reforma”.
En ese sentido, los diputados de la Comisión de Justicia coincidieron en que, es importante reformar el Código Penal para adicionar un artículo 178 Bis en el que se desarrolle la pena de tratamiento que actualmente contiene el artículo 178, incorporando que los tratamientos se realizarán en instituciones públicas, deberán ser integrales y especializados.
Además de que dichas instituciones deberán informar periódicamente al juez, quien podrá ordenar las medidas necesarias para el cumplimiento de estas disposiciones. Asimismo el Estado preverá lo necesario para que las víctimas del delito accedan de manera gratuita a atención psicoterapéutica y a información para su protección en caso de reincidencia.
Coincidieron con Lucila Martínez en que es necesario incluir agravantes para aumentar la pena hasta en una mitad, cuando la violencia familiar se cometa en contra de mujeres embarazadas, adultos mayores de 60 años, menores de edad, cuando la víctima tenga 3 meses después de haber parido o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho.
Además establecieron incluir en el dictamen, dentro de los supuestos que darían lugar a una pena agravada, a las víctimas que no tienen capacidad para resistir el hecho y a las víctimas que lo sean durante emergencias como las que hoy vivimos, en las que la permanencia en el hogar no puede significar estar cautivo en una zona de riesgo.