El Artículo 50 de la Ley Orgánica Municipal estipula que en casos de la ausencia definitiva del edil, se notificará al Congreso del Estado, y este designará a quien deba sustituirlo, respetando su origen partidista o independiente.
Morelia, Mich., a 19 de marzo del 2021.- En el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT) en el Congreso del Estado, actuaremos con base en la Ley y nombraremos alcaldes sustitutos conforme lo estipula el artículo 50 de la Ley Orgánica Municipal del estado de Michoacán, así lo manifestó la diputada Brenda Fraga Gutiérrez.
La coordinadora del GPPT, refirió que el artículo 50 de la Ley Orgánica Municipal es muy claro, pues estipula que “en casos de ausencia definitiva (del presidente municipal), una vez notificada al Congreso del Estado, este designará en un término de treinta días hábiles a quien deba sustituirlo, respetando su origen partidista o independiente”.
“No permitiremos que haya agandalles políticos ni de ninguna índole, no aceptaremos que se quiera imponer a perfiles que carecen de fundamentos legales para ocupar el cargo de presidente municipal sustituto basándose en lagunas legales, por ello estaremos pendientes desde la fracción parlamentaria, desde la comisión de gobernación de la cual soy integrante y desde el Congreso del Estado, para que no se den este tipo de situaciones”, aseveró.
En ese sentido, la legisladora uruapense fue enfática al señalar de que en caso de que no se respete lo que estipula claramente la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, se estaría abriendo la puerta a la ingobernabilidad en diversos municipios y por ende en la entidad.
“Las y los petistas nos hemos caracterizado por trabajar dentro del marco legal, no permitiremos que se violente la Ley, nosotros estamos comprometidos con la gobernabilidad de Michoacán, así como con la lucha en contra del agandalle político y la ausencia de autoridades en los municipios por conflictos partidarios que en nada benefician a la sociedad”, finalizó.