Morelia Michoacán a 8 de abril de 2020.-Empresa EMERCO No cumple con las especificaciones de profundidades de las Tuberias de Gas Natural, para el uso de vías públicas para alojar tuberías que transportan gas natural en esta ciudad de Morelia, Michoacán.
Este miércoles 8 de marzo en sesión extraordinaria Cabildo de Morelia, se aprueba por unanimidad el dictamen con proyecto de acuerdo por el que el H. Ayuntamiento de Morelia aprueba la revocación del dictamen presentado por la comisión de desarrollo urbano y obras públicas de fecha 14 de diciembre del año 2011 y avalado en la sesión ordinaria de cabildo de fecha 19 de diciembre del año 2011, referente a la autorización para el uso de vías públicas para alojar tuberías que transportan gas natural en esta ciudad de Morelia, Michoacán.
A dar inicio de los trabajos para la obra pública denominada Madero Poniente, consistentes en la renovación de la zona lateral norte de la avenida antes mencionada en sus etapas 1, 2, 3, y 4, en el Municipio de Morelia, Michoacán.
Encuentran que la empresa EMERCO, no cumple con las especificaciones de profundidades de las Tuberias de Gas Natural.
Se percata de que el tubo de conducción está a distancias muy superficiales que oscilan de los 30 a 45 cm de profundidad, cuando la Norma Oficial Mexicana vigente en la época de la obra establecía una profundidad mínima en zonas de roca y en derechos de vías de 60 centímetros.
El departamento de construcción, se da a la tarea de rastrear la licencia de construcción emitida, así como el expediente técnico de los planos autorizados, y es ahí donde se detecta que nunca se cumplió con lo autorizado por el Cabildo del Ayuntamiento, se corroboro que no se ha otorgado licencia de construcción para la instalación del gasoducto que opera sobre avenida medero poniente, así mismo se constató que se encuentran infraccionadas desde los años 2011, 2012, y 2013.
El 14 de diciembre del año 2011, la Comisión de Urbanismo y Obras Públicas emitió el dictamen mediante el cual resuelven de manera positiva la petición realizada por el representante legal de la empresa denominada GAS NATURAL DE URUAPAN S.A. DE C.V., en la que solicita permiso y/o concesión para el aprovechamiento de vías públicas para alojar tuberías que transportan gas natural en esta ciudad de Morelia, Michoacán, previa autorización que realizaría el H. Ayuntamiento de Morelia.
Se instruyó a la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, para que vigilara el cumplimiento de los trámites correspondientes garantizando que la empresa Gas Natural de Uruapan S.A. de C.V., cumpliera.
1.- El consenso de todos los habitantes de las colonias por donde cruzará la tubería para que estos conozcan los beneficios y bajo riesgos que implica la obra de la línea de conducción de gas.
2.- Obtener la carta de anuencia vecinal, signada por el encargado del orden de cada una de las colonias por donde cruzará la línea de conducción de la tubería de gas.
3.- Obtener de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente el visto bueno del recorrido donde pretende instalar la tubería para la conducción de gas utilizando únicamente la superficie necesaria para este fin.
4.- Cubrir las sanciones correspondientes por haber iniciado trabajos de construcción sin la licencia correspondiente, aplicando las sanciones máximas que señala el Reglamento de Construcción y de los Servicios Urbanos para el municipio de Morelia.
5.- Dada cuenta que la línea de conducción de gas, pasa en las cercanías del Centro Histórico de la Ciudad, si fuera el caso, obtener el dictamen técnico aprobatorio del Consejo Consultivo de Sitios Culturales del Centro Histórico.
6.- Obtener la licencia de construcción por parte de las dependencias correspondientes tanto estatales como municipales y/o entidades concernientes en la materia.
7.- Especificar la calidad de los materiales a implementar de la superficie del pavimento así como su refuerzo para este fin.
8.- Dictamen de Protección Civil y Bomberos municipales así como el visto bueno de Protección Civil Estatal.
9.- Plan de contingencia, aprobado por Protección Civil y Bomberos municipales.
10.- Construir la canalización de la tubería por los cruces de falla acorde a las especificaciones técnicas del diseño estructural presentado.
11.- Reparar el pavimento por donde pasara la línea de tubería, además si se diera el caso que fueran dañados los servicios existentes, igualmente repararlos.
12.- No obstruir registros de la CFE, TELMEX, OOAPAS, y/o cualquier otro servicio que se brinda de la manera subterránea.
13.- Todos los trabajos a realizar estarán bajo la estricta supervisión de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente; Obras Públicas; Protección Civil y las demás autoridades administrativas que el H. Ayuntamiento considere pertinentes.

