Michoacán Informativo

DECLARA TEEM INEXISTENTE, VIOLACIÓN ATRIBUIDA AL ENTONCES CANDIDATO A PRESIDENTE MUNICIPAL DE LA PIEDAD

Se atendió Procedimiento Especial Sancionador, interpuesto por la entonces candidata a Síndica Municipal de La Piedad, por el PRI, quien atribuyó a los denunciados presuntos actos que se traducen en amenazas, relacionados con su condición de mujer

Morelia, Michoacán, a 8 de septiembre de 2021.- Como inexistente la violación atribuida al entonces candidato a Presidente Municipal de La Piedad, postulado por los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, consistente en violencia política en razón de género, acordaron las y los Magistrados integrantes del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM).

 

En sesión pública virtual de este miércoles, el órgano jurisdiccional atendió el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-116/2021, interpuesto por la entonces candidata a Síndica Municipal de La Piedad, Michoacán, por el Partido Revolucionario Institucional.

 

La  candidata a Síndica refirió que el denunciado, en un evento proselitista de diversos integrantes de la planilla postulada por el PRI del mismo municipio, realizado el 20 de mayo pasado, le hizo señas que interpretó como “ya te vi, ya te oí”, por lo que, al concluir el evento se dirigió a éste, para saber que significaban, y a su dicho respondió “se va a arrepentir de lo que anda diciendo, aténgase a las consecuencias”, lo que en su concepto se traduce en amenazas, relacionadas con su condición de mujer.

 

Sin embargo, la denunciante únicamente ofreció como medio de prueba, dos testimoniales, así como cinco fotografías, las cuales se hicieron constar e insertaron en el acta destacada fuera de protocolo ante Notario Público, y resultaron insuficientes.

 

Por lo que por unanimidad de votos, el Pleno declaró la inexistencia de la violación atribuida al entonces candidato a Presidente Municipal y en consecuencia de ello, tampoco se actualiza la responsabilidad por culpa in vigilando de los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, sin embargo, se dejaron a salvo los derechos de la actora para que, en su caso, los haga valer ante la instancia correspondiente.

Te recomendamos leer