Morelia, Michoacán a 21 de junio de 2021.- Se declaró la inexistencia de las violaciones atribuidas a dos candidatos postulados por el Partido Movimiento Ciudadano, así como al instituto político por el presunto desacato a las normas sobre propaganda política o electoral, por la colocación en lugar prohibido y la afectación al principio de equidad en la contienda en Ciudad Hidalgo, Michoacán, esto, a propuesta del Magistrado José René Olivos Campos.
Lo anterior, fue votado por el Pleno en Sesión Pública virtual, donde el jurista ponente detalló que del estudio del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-064/2021 presentado por el Partido de la Revolución Democrática, se determinó que no existió la violación atribuida a los denunciados, derivado de que en autos quedó demostrado que dicho municipio, no cuenta con centro histórico, toda vez que, no ha sido decretado por el Instituto Nacional de Antropología e Historia.
De igual manera, se tomó protesta al Licenciado Néstor Haroldo Mendoza Arreguín como Secretario Instructor y Proyectista, adscrito a la Ponencia a cargo del Magistrado José René Olivos Campos.