Michoacán Informativo

Congreso elimina fuero

Se convierte en el estado número 18 en legislar sobre el tema y el quinto en suprimirlo al 100 por ciento. 

Morelia; Michoacán, 06 de diciembre de 2017.- Diputados integrantes de la Septuagésima Tercera Legislatura, aprobaron en forma unánime las reformas a la Constitución  Política  del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, mediante las cuales se elimina el fuero constitucional a todos los servidores públicos del gobierno del estado, legisladores locales y presidentes de los organismos autónomos.

De igual forma también fueron aprobadas las reformas y adiciones a la Leyes Orgánica y de Procedimientos del Congreso, así como a la de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos en las que se permite   salvaguarda  a  los  legisladores  para  que  no  puedan  ser reconvenidos  ni  ser  sujetos  de  responsabilidad  por  las  opiniones,  propuestas  legislativas  o  votos  que  emitan  en  el  ejercicio de su encargo.

Con esta determinación del Pleno Legislativo, Michoacán se convirtió en una de las 18 entidades en eliminar el fuero constitucional del  gobernador, procurador, diputados, magistrados, consejeros electorales, así como los presidentes de los organismos autónomos como el auditor superior de Michoacán, el titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, entre otros.

Las Comisiones dictaminadoras de Puntos Constitucionales y Jurisdiccional, analizaron las iniciativas presentadas por la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), los diputados Carlos Quintana Martínez, del Partido Acción Nacional (PAN),  Daniel Moncada de Movimiento Ciudadano (MC), Mary Carmen Bernal Martínez, del Partido del Trabajo (PT) del diputado con licencia Pascual Sigala Páez.

El dictamen presentado reforma el artículo 27, el párrafo segundo de la fracción XXVI del artículo 44, el primer párrafo del artículo 106, artículo 107, párrafo segundo del artículo 110; se deroga el párrafo primero de la fracción XXV del artículo 44, el párrafo segundo del artículo 106 y se adiciona un primer párrafo al artículo 108 recorriéndose en el orden los siguientes, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, mediante el cual se elimina el fuero constitucional.

En la misma sesión las comisiones mencionadas presentaron el decreto mediante el cual se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán y la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado de Michoacán y sus Municipios, en materia de eliminación de fuero constitucional, cuya reforma se realiza para armonizar la reforma constitucional  en  materia  de  eliminación del  fuero, en la cual se salvaguarda  a  los  legisladores  para  que  no  puedan  ser reconvenidos  ni  serán  sujetos  de  responsabilidad  por  las  opiniones,  propuestas  legislativas  o  votos  que  emitan  en  el  ejercicio de su encargo y  de igual  forma se  le da  la atribución  al Presidente del Congreso de  solicitar e  auxilio de  la fuerza  pública para salvaguardar la inviolabilidad del recinto legislativo.

Una vez aprobado se remitirá a los  Ayuntamientos y Concejos Municipales del Estado la minuta con proyecto de Decreto, para que en  el término de un mes después  de recibida envíen, al Congreso del Estado  de Michoacán de  Ocampo, el resultado de su votación.

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