Morelia; Michoacán a 13 de diciembre de 2017.- En sesión ordinaria, el Pleno de la LXXIII Legislatura aprobó las leyes de ingresos correspondientes a 55 municipios para el Ejercicio Fiscal 2018.
Las Comisiones unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, así como de Hacienda y Deuda Pública, presentaron ante el Pleno para su discusión, votación y aprobación, los dictámenes correspondientes a los municipios de Aguililla, Álvaro Obregón, Ario de Rosales, Briseñas, Carácuaro, Charapan, Charo, Chavinda, Chilchota, Chinicuila, Churintzio, Churumuco, Cohahuayana, Coeneo, Contepec, Copándaro, Ecuandureo, Epitacio Huerta, Gabriel Zamora, Huaniqueo, Huiramba, Indaparapeo, Irimbo, Ixtlán, Jiménez, José Sixto Verduzco, Lagunillas, Madero, Nocupétaro, Nuevo Urecho, Numarán, Ocampo y Pajacuarán.
Asimismo, se aprobaron los dictámenes correspondientes a los municipios de Parácuaro, Purépero, Puruándiro, Quiroga, Salvador Escalante, Santa Ana Maya, Senguio, Susupuato, Tancítaro, Taretan, Tingambato, Tiquicheo, Tanhuato, Tuzantla, Tlazazalca, Turicato, Tuxpan, Venustiano Carranza, Yurécuaro, Zináparo, Zinapécuaro y Ziracuaretiro; atendiendo a los principios de generalidad, obligatoriedad, equidad y proporcionalidad consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En ese sentido, las comisiones dictaminadoras acordaron proponer un aumento del 3 por ciento en cuotas y tarifas en pesos, respecto de las contenidas en la Ley de Ingresos vigente, y en consideración a la inflación proyectada para el año 2018; acorde a las condiciones económicas actuales del país, sin repercusiones negativas en el bolsillo de los ciudadanos, así como en los ingresos de la hacienda municipal.
De igual forma, atendiendo a la situación económica que impera en el estado y sus municipios, se determinó no incrementar las tarifas por el servicio de alumbrado público,considerando que contener los incrementos en este concepto, permitirá contribuir a un régimen de contribución equitativo y proporcional sin vulnerar la hacienda pública municipal, por lo tanto, los municipios deberán emprender acciones tendientes al uso eficiente de energía eléctrica y aplicación de tecnologías sustentables.
Las cuotas y tarifas establecidas en Unidad de Medida y Actualización, no presentan propuesta de incremento alguno, por lo que simplemente, el valor de dicha Unidad será actualizado y publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en términos de lo dispuesto por los artículos 4 y 5 de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización.