Morelia; Michoacán a 29 de agosto de 2018.- Con el propósito de establecer las normas que regulen la operatividad de los cuerpos de rescate en la entidad, encargados de las labores de prevención y combate de incendios, el Congreso local aprobó la Ley de Bomberos del Estado de Michoacán.
El dictamen presentado por las Comisiones de Seguridad Pública y Protección Civil; y de Gobernación que integran los diputados Wilfrido Lázaro, Roberto Carlos López y Juan Figueroa; así como Mario Armando Mendoza, Eduardo García, Cecilia Lazo, Ángel Cedillo y Ernesto Núñez, establecen las bases para la creación de un organismo descentralizado denominado Cuerpo de Bomberos del Estado de Michoacán y los Municipios, que contará con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como con autonomía operativa, administrativa y financiera, para el óptimo desempeño de sus funciones.
Durante la sesión, los diputados Wilfrido Lázaro y Juan Pablo Puebla, quienes promovieron iniciativas para legislar en la materia, hicieron uso de la tribuna para hablar a favor del dictamen. En el mismo sentido, habló ante el Pleno la diputada Jeovana Alcantar.
La misión del nuevo organismo será proteger el ecosistema, la vida y patrimonio de los habitantes, así como responder a las necesidades de las personas mediante un servicio eficiente y de calidad.
El Cuerpo de Bomberos del Estado será presidido por una Junta de Gobierno, e integrado para su funcionamiento por las siguientes instancias: Dirección General, Subdirección Operativa, Subdirección Técnica, Subdirección de la Academia de Bomberos, Subdirección Administrativa, Consejo de Lealtad y Disciplina, Consejo del Cuerpo de Bomberos y Contraloría Interna.
Asimismo, la norma establece la creación de la Academia de Bomberos, que será la instancia encargada de profesionalizar a los miembros de este organismo, mediante su capacitación, actualización y certificación.
De igual forma, establece medidas para garantizar la seguridad social del bombero, promoviendo la actualización y mejoramiento de equipos e infraestructura, para contar con un funcionamiento más eficiente y de calidad en el servicio de salvaguarda de la sociedad michoacana.
El patrimonio del Cuerpo de Bomberos estará integrado por los muebles e inmuebles que asigne el Gobierno del Estado y por los fideicomisos, subsidios, donaciones y demás aportaciones que otorgue el mismo, y los municipios; así como por donaciones y aportaciones voluntarias, herencias, legados y transferencias de personas físicas, morales o cualquier organismo nacional o extranjero.
A partir de su aprobación, el Gobierno del Estado y los municipios deberán ajustar su programación y ejercicio presupuestario a efecto de garantizar la creación y operación de los cuerpos de bomberos descentralizados de la administración pública; y en los subsecuentes ejercicios fiscales aumentarlo de acuerdo a las posibilidades presupuestales.