Al dar sentencia en un Procedimiento Especial Sancionador, el Pleno acreditó actos anticipados de campaña
Morelia, Michoacán, a 12 de enero de 2022.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) determinó amonestación pública para la entonces candidata a presidenta municipal de Chilchota por el Partido Movimiento Ciudadano y el medio de comunicación Alpha Noticias al acreditar actos anticipados de campaña.
En sesión pública en su modalidad virtual, las Magistradas y el Magistrado Presidente dieron sentencia en el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-161/2021 promovido por el Partido MORENA en contra de la entonces candidata a presidenta municipal de Chilchota por el Partido Movimiento Ciudadano, de dicho instituto político y dos medios de comunicación, por la realización de dos entrevistas fuera del periodo permitido, lo que se considera actos anticipados de campaña.
Aquí por unanimidad de votos, el Pleno declaró la existencia de la infracción atribuida a la otrora candidata, al medio de comunicación Alpha Noticias y al partido Movimiento Ciudadano por culpa in vigilando, por lo que se determinó amonestación pública para los denunciados.
Lo anterior, al acreditarse que se promocionó de manera indebida a la denunciada en un periodo no permitido -conocido como intercampaña-, al identificarse el nombre e imagen de estos, así como el logo y colores del partido que la postuló.
Por otro lado, se declaró la inexistencia de la falta atribuida al medio de comunicación Impulsora IFC, ya que la entrevista denunciada se llevó a cabo el 19 de abril, una vez iniciado de manera formal el periodo de campañas en el pasado proceso electoral, motivo por el cual se declara la inexistencia de la falta.
Fue así que el Pleno del TEEM, ordenó que se de vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral.