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Advierten riesgo para la libertad de expresión en caso Monitor Expresso ante el Tribunal Electoral

Por Roberto Carlos Guevara 

Morelia Michoacán a 10 de septiembre de 2026.- En el marco del litigio que enfrenta el medio de comunicación Monitor Expresso ante las autoridades electorales, luego de la publicación de una nota relacionada con declaraciones del diputado Baltazar Gaona García sobre la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Quiroz, el abogado Antonio Plaza, defensor del medio de comunicación, advirtió que el caso representa una preocupación seria para la libertad de expresión y para el ejercicio periodístico en Michoacán.

Plaza sostuvo que la libertad de expresión constituye uno de los derechos humanos fundamentales y recordó que su defensa forma parte de una larga evolución jurídica que durante siglos ha buscado establecer límites claros al poder de las autoridades frente a los ciudadanos y los medios de comunicación.

El abogado señaló que uno de los principales problemas que observa en este tipo de procedimientos es la falta de precisión en algunos conceptos utilizados para determinar cuándo una expresión puede constituir una infracción, particularmente cuando se recurre a figuras como la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Explicó que cualquier persona que pueda ser sancionada debe tener certeza sobre qué conducta está prohibida y cuáles son las consecuencias jurídicas de realizarla. Sin embargo, consideró que algunas definiciones y criterios utilizados en materia electoral pueden resultar demasiado amplios o imprecisos, dejando un margen considerable a la interpretación de las autoridades.

En este sentido, manifestó su preocupación porque la aplicación de medidas cautelares pueda terminar convirtiéndose, en los hechos, en un mecanismo de censura contra medios de comunicación que difunden información de interés público.

“No se puede censurar a un medio sin una justificación reforzada”
Antonio Plaza destacó que ya existen antecedentes jurisdiccionales que establecen estándares importantes para determinar cuándo una autoridad electoral puede ordenar el retiro o modificación de contenidos periodísticos.

A su consideración, cuando se pretende imponer una medida cautelar que afecta la libertad de expresión, la autoridad debe justificarla de manera reforzada y demostrar que existe una necesidad imperiosa para retirar determinado contenido.

El defensor de Monitor Expresso cuestionó que las autoridades puedan modificar sus argumentos durante el desarrollo de un procedimiento y planteó la necesidad de analizar si realmente existe una campaña de desprestigio atribuible al medio de comunicación o si, por el contrario, se está pretendiendo responsabilizar al periodista o al medio por expresiones realizadas originalmente por un actor político.

En el caso que involucra a Monitor Expresso, sostuvo que resulta indispensable analizar de manera individual cada uno de los dichos difundidos, así como determinar quién los emitió, en qué contexto fueron pronunciados y cuál fue la función periodística del medio al darles difusión.

Preocupación por un precedente para los medios
Plaza advirtió que el asunto trasciende al propio Monitor Expresso, pues la resolución que eventualmente emitan las autoridades electorales podría establecer un precedente para otros medios de comunicación de Michoacán.

Consideró que si un medio puede ser sancionado simplemente por publicar declaraciones de un funcionario o representante popular, sin que exista una acreditación clara de que el propio medio actuó con dolo para generar una campaña de desprestigio, se abriría un escenario preocupante para el ejercicio periodístico.

Por ello, sostuvo que las batallas jurídicas en defensa de la libertad de expresión deben darse precisamente para construir criterios que permitan diferenciar entre una conducta ilícita y el ejercicio legítimo del periodismo.

El abogado insistió en que las autoridades electorales tienen la obligación de actuar con criterios claros, objetivos y proporcionales, particularmente cuando sus determinaciones pueden afectar el derecho de los medios a informar y el derecho de la sociedad a recibir información.

El caso de Monitor Expresso coloca nuevamente sobre la mesa el debate sobre los límites de las medidas cautelares electorales y la protección de la libertad de expresión, especialmente cuando las publicaciones periodísticas involucran declaraciones de servidores públicos, actores políticos y asuntos de interés para la ciudadanía.

Más allá de las diferencias políticas o personales que puedan existir entre los protagonistas, el punto central, advirtió Plaza, debe ser evitar que una herramienta jurídica destinada a proteger derechos termine utilizándose para restringir indebidamente la labor de los medios de comunicación.

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